En este post hago un resumen de una de las sentencias favorables, que me han comunicado esta semana y que ya es firme, por la que se reconoce a mi clienta la Incapacidad Permanente en grado de ABSOLUTA.
La demandante presenta un problema psíquico consistente en un TOC (agorafobia), al que se suman otra serie de dolencias que, en su conjunto, le hacen imposible realizar cualquier trabajo, que no sea meramente residual, fundamentando este hecho en que para la realización de un trabajo se exige el tener que desplazarse y mantener relaciones sociales «que a la demandante le están vetadas como consecuencia de su ansiedad con agorafobia. Pese al tratamiento que viene siguiendo con controles mensuales, el cuadro se ha deteriorado afectando a todas las esferas de su vida. Las crisis de ansiedad se presentan sin que la actora pueda reconocer los síntomas prodrómicos (previos al ataque), lo que hace que sea más difícil que se desenvuelva en el ámbito laboral con cierta autonomía y que la angustia y el miedo se desaten».
Además, refiere la sentencia, que la actora presenta también otras limitaciones y problemas de salud, «que si bien no pueden considerarse incapacitantes per se, no ayudan a superar las graves limitaciones que ocasionan sus padecimientos psicológicos».
La sentencia reconoce que quedan acreditadas las lesiones y secuelas que se especifican en la demanda y que quedan recogidas y detalladas como hecho probado en la propia sentencia, declarando así la Incapacidad en el grado de invalidez Permanente Absoluta «para todo trabajo con derecho a percibir una pensión igual al 100 % de su base reguladora más mejoras y revalorizaciones.»
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Etiquetas:Incapacidad permanente absoluta, Laboral, Sentencia
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