Balanza

Publicado en30 julio, 2019 Por EnLaboral, Noticias Y7378 Views

Declarada la Incapacidad Permanente ABSOLUTA al acreditar que las lesiones y secuelas impiden la realización de cualquier trabajo que no sea residualDestacado

En este post hago un resumen de una de las sentencias favorables, que me han comunicado esta semana y que ya es firme, por la que se reconoce a mi clienta la Incapacidad Permanente en grado de ABSOLUTA.

La demandante presenta un problema psíquico consistente en un TOC  (agorafobia), al que se suman otra  serie de dolencias que, en su conjunto, le hacen imposible realizar cualquier trabajo, que no sea meramente residual, fundamentando este hecho en que para la realización de un trabajo se  exige  el tener  que desplazarse  y mantener relaciones sociales «que a la demandante le están vetadas  como consecuencia de su ansiedad con agorafobia. Pese al tratamiento que viene siguiendo con controles mensuales,  el cuadro se ha deteriorado  afectando a todas las esferas de su vida. Las crisis de ansiedad se presentan sin que la actora pueda  reconocer los síntomas prodrómicos (previos al ataque), lo que hace que sea más difícil que se desenvuelva en el ámbito laboral con cierta autonomía y que  la angustia y el miedo se desaten».

Además, refiere la sentencia, que la actora presenta también otras limitaciones y problemas de salud, «que si bien no pueden considerarse incapacitantes per se, no ayudan  a superar las graves limitaciones que ocasionan sus padecimientos psicológicos».

La sentencia reconoce que quedan acreditadas las lesiones y secuelas que se especifican en la demanda y que quedan recogidas y detalladas como hecho probado en la propia  sentencia, declarando así la Incapacidad en el grado de invalidez Permanente Absoluta «para todo trabajo con derecho a percibir una pensión igual al 100 % de su base reguladora más mejoras y revalorizaciones.»

Si desea contactar, puede hacerlo a través de la página web del despacho  AXNLegal Abogados & Consultores

 

 

Etiquetas:, ,

Sobre